Patria potestad y custodia

  1. Derechos y Obligaciones de los padres sobre la persona de los hijos menores
    • 1. Deber de alimentarlos
    • 2. Deber de tenerlos en su compañía y vivir con ellos
    • 3. Educarlos e instruirlos conforme a sus medios de fortuna
    • 4. Corregirlos adecuadamente
    • 5. Prestar consentimiento matrimonial
    • 6. Concederles la emancipación
    • 7. Representarlos en juicio y en el ejercicio de todas las acciones que redunden en su favor
  2. Derechos y Obligaciones de los padres sobre los bienes de los hijos menores
    • 1. Obligación de administrarlos
    • 2. Derecho a percibir el usufructo de los bienes
    • 3. Facultad limitada para disponer de bienes
  3. Administración de Bienes
    Como regla general, cuando los bienes son adquiridos mediante el trabajo del menor, los padres con patria potestad tendrán la administración.

    Si el hijo, con el consentimiento de sus padres vive independiente de ellos, tendrá dominio, usufructo y la administración de los bienes.

    Los padres pueden arrendar bienes inmuebles por un término no mayor de 6 años. Si va a ser por un término mayor de 6 años se necesita el permiso del TPI. Este tiempo nunca puede ser mayor al tiempo que le falta al menor para llegar a la mayoría de edad.
  4. Derecho de los Padres a percibir el usufructo de os bienes de los hijos
    Los padres tienen derecho a percibir el usufructo de los bienes de los hijos menores no emancipados siempre y cuando éstos vivan con sus padres. El usufructo recae sobre bienes obtenidos a título lucrativo.

    Si el hijo recibe una compensación por daños y perjuicios, tanto el principal como los intereses que se perciban pertenecen al menor por no constituir una adquicisión a título lucrativo.

    Si es una herencia, ésta pertenece al menor pero los intereses pertenecen a los padres con patria potestad.

    El padre con patria potestad puede renunciar a su derecho de usufructo si es para el bienestar del menor. No puede ser en favor de 3ros
  5. Facultad para disponer de bienes de sus hijos menores
    Bienes muebles:Puede disponer de ellos sin previa autorización judicial siempre y cuando el valor de los bienes no exceda de $2,000.

    Bienes inmuebles: Siempre necesitan autorización judicial cuando se trata de gravar o enajenar bienes inmuebles.

    Para obtener autorización judicial para bienes muebles o inmuebles hay que demostrar que es necesario, útil y beneficioso para el menor.
  6. Patria potestad puede terminar o extinguirse
    • 1. Muerte del padre
    • 2. Muerte del hijo
    • 3. Emancipación del hijo
    • 4. Adopción del hijo
  7. Custodia
    Es la tenencia o control físico que tiene un progenitor (o cualquier otra persona) sobre un hijo menor de edad. El elemento clave para adjudicar la custodia será el mejor bienestar del menor
  8. Factores para determinar la custodia
    • 1. Preferencia del menor, siempre que el mismo sea un juicio confiable
    • 2. Edad y sexo del menor y su salud física y mental
    • 3. Cariño que le puedan brindar al menor las partes en controversia
    • 4. Habilidad de las partes en controversia para satisfacer las necesidades afectivas, morales y económicas del menor
    • 5. Interrelación del menor con las partes en controversia, sus hermanos y otros miembros de la familia
    • 6. Salud psíquica y física de las partes
    • 7. Grado de ajuste del menor al hogar, la escuela y la comunidad en que vive

    Si uno de los padres fallece, no se le concederá la custodia automáticamente al otro padre. El tribunal tiene que hacer un análisis objetivo, sereno y cuidadoso de todas las circunstancias presentes en el caso ante su consideración, teniendo en cuenta los mejores intereses del menor.
  9. Custodia Compartida
    Si los padres la solicitan y es para el mejor bienestar del menor, el tribunal la podrá conceder.

    • Elementos para que se conceda:
    • 1. La decisión de los padres ha sido pensada y no es producto de la irreflexión
    • 2. Ambos padres tienen capacidad, disponibilidad y firme propósito de asumir esa responsabilidad
    • 3. Los niños se beneficiarán de esa custodia compartida

    Además las partes detallarán en forma específica el tiempo que pasarán con cada uno de los padres, la educación que recibirán, su cuidado diurno, religión, los hogares en los que van a vivir y cualquier otra cosa de importancia.

    Después del divorcio, la petición de custodia compartida se hará de manera conjunta
Author
franknorrispr
ID
18641
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Patria potestad y custodia
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